Reglamentaciones de Higiene y Seguridad
Dentro de la empresa, la seguridad e higiene se encarga de proteger la salud de los trabajadores, de manera tal que se puedan prevenir los accidentes y enfermedades relacionadas a la actividad laboral.
De este modo, mediante sus normativas específicas se busca optimizar el trabajo del personal y a su vez reducir los riesgos en el ambiente laboral.
Es responsabilidad de las empresas cumplir con las reglas propias de la seguridad e higiene para así garantiza a su personal un entorno de trabajo salubre sin contaminantes químicos, físicos o biológicos.
Desde el área de Mantenimiento y Construcción de Martín Poncio, podemos asesorarlos en el cumplimiento de las normativas vigentes de Higiene y Seguridad que son de obligado cumplimiento para las empresas.
En nuestro país rigen respecto al tema de Salud y Seguridad en el Trabajo dos Leyes Nacionales, de las cuales se desprende toda la estructura normativa, nos referimos a:
- Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo
La Ley 19.587 y sus Decretos Reglamentarios dictados por el Poder Ejecutivo Nacional Nº 351/79 y Nº 1.338/96 determinan las condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo que debe cumplir cualquier actividad laboral que se desarrolle en el territorio de la República Argentina.
En líneas generales las condiciones de seguridad que se deben cumplimentar, se encuentran relacionadas básicamente con:
- AGUA:
Normativa Nacional - Dec. N° 351 / 79, Anexo I, Capítulo 6
Todo establecimiento debe contar con provisión y reserva de agua para uso humano y eliminar toda posible fuente de contaminación y polución de las aguas que se utilicen.
Por tal motivo se deben realizar análisis al agua de consumo sea obtenida dentro de su planta o traídas de otros lugares. Los análisis deben ser realizados teniendo en cuenta los aspectos bacteriológicos, físicos y químicos.
Los análisis deben ser efectuados con la siguiente periodicidad:
•Análisis físico- químico: una vez por año.
•Análisis bacteriológico: dos veces por año.
Además, se debe tener en cuenta:
•Limpieza de tanques (tanques elevados y cisternas).
•Análisis de potabilidad del agua
•Análisis bacteriológico, según frecuencia y especificaciones de los puntos.
•Análisis físico-químico, según frecuencia y especificaciones de los puntos.
•Control de filtros de dispenser de agua
- ILUMINACION DE EMERGENCIA:
Normativa Nacional, Dec. N° 351/79, Cap. 12, Anexos I y IV.
La iluminación en los puestos de trabajo debe cumplir básicamente con los requisitos mínimos:
•La composición espectral de la luz debe ser adecuada a la tarea a realizar.
•Las fuentes de iluminación no deben producir deslumbramientos, directo o reflejado.
•Los niveles de iluminación deben encuadrarse dentro de los establecido en la tabla de intensidad mínima de iluminación que figura en el Decreto 351/79 Anexo IV
•Iluminación de emergencia: Este sistema no puede suministrar una iluminación menor de 30 luxes a 80 cm. del suelo. La iluminación de emergencia debe estar presente en: Circuitos de evacuación (escalera, palieres, hall PB, etc.); Lugares donde se realicen trabajos y que no reciban luz natural en horarios diurnos; Lugares donde se realicen trabajos y que no haya luz natural (trabajo nocturno, o diurno donde todavía no haya suficiente luz natural).
- EXTINTORES PORTATILES:
Normativa Nacional - DEC. N° 351/79, ANEXO I, CAP. 18 Y ANEXO VII
a)IRAM- 3517-1 Extintores (matafuegos) manuales y sobre ruedas. Parte 1 - Elección, instalación y uso.
b)IRAM- 3517-2 Extintores (matafuegos) manuales y sobre ruedas. Parte 2: Dotación, control, mantenimiento y recarga.
•Extintores portátiles a colocar en todo tipo de inmueble, incluso depósitos.
•Dotación y estado de equipos: Cada tres meses
•Se debe verificar si está correctamente colgado, si se encuentra bien señalizado, si posee alguna señal de oxidación, estado del precinto y si existe o no despresurización (chequeo del manómetro).
•El proveedor deberá llevar un registro de mantenimiento según se indica.
•Recarga y mantenimiento: anual o cuando el equipo se encuentre despresurizado, se haya abierto el precinto o surja de un informe de inspección.
•Prueba Hidráulica: cada cinco (5) años
•Cambio de equipo: Según características.
- SISTEMAS DE DETECCION Y EXTINCION DE INCENDIOS:
Normativa Nacional - DEC. N° 351/79, ANEXO I, CAP. 18 Y ANEXO VII
a) IRAM- 3546 Servicio de mantenimiento de instalaciones fijas contra incendios. Procedimientos y requisitos para la certificación de las empresas.
b) IRAM- 3577 Instalaciones fijas contra incendio. Sistemas de detección y alarma. Métodos de ensayo prácticos con fuego para el control de la instalación.
c) IRAM- 3594 Mangas para extinción de incendios. Cuidado, uso y mantenimiento de las mangas, incluidas las conexiones y las lanzas.
d) IRAM- 3619 Evaluación técnica de instalaciones fijas contra incendios.
e) IRAM- 3639 Instalaciones fijas contra incendio. Sistemas de detección y alarma. Inspección periódica.
f) IRAM- 3594 Mangas para extinción de incendios. Cuidado, uso y mantenimiento de las mangas, incluidas las conexiones y las lanzas.
•ALCANCE: Sistemas de detección y extinción de incendios
•FRECUENCIA: Realizar los controles periódicos indicados en las normas IRAM 3546 e IRAM 3639.
- INSTALACIONES ELÉCTRICAS:
Título V Capitulo XIV. (Art. 95 al 102) y Anexo VI
Se establecen entre otras cosas los requisitos a cumplir por los proyectos de instalaciones y equipos, requisitos a tener en cuenta para el montaje, maniobra o mantenimiento con o sin tensión.
Las condiciones de seguridad que deben reunir las instalaciones eléctricas son:
•En relación a las características constructivas de las instalaciones se debe seguir lo dispuesto en la reglamentación para la ejecución de instalaciones eléctricas en inmuebles, de la Asociación Argentina de Electrotécnicos. En esta reglamentación se determinan los materiales, equipos y aparatos eléctricos que se deben utilizar.
- SEÑALIZACIÓN:
La señalización consiste básicamente en:
•Señalizar los diferentes riesgos existentes, precauciones, obligaciones a través de colores y señales.
•Contar con los caminos de circulación marcados de modo de favorecer el orden y limpieza de los locales de trabajo y señalizar las salidas normales y de emergencia necesarias para casos de posibles emergencias.
•Contar con las cañerías que conduzcan insumos, materias primas y productos elaborados codificados.
•Señalizar las instalaciones contra incendio.